Productores deberán obtener certificado de BP para participar en compras estatales

Fuente: Gestión

El Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri) modificó el reglamento de Inocuidad Alimentaria. En síntesis, realiza cambios para la participación de los productores agrarios organizados e identificados en los procesos de compras estatales.

En esa línea, ahora se precisa que los productores u organizaciones de productores de la agricultura familiar identificados en el Padrón de Productores Agrarios y sus Organizaciones en las Cadenas de Valordel Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego – MIDAGRI, y que participen en el procedimiento de compras de alimentos bajo el alcance de la Ley Nº 31071, deben cumplir con las Buenas Prácticas de Producción y Procesamiento Primario de la Agricultura Familiar, con lafinalidad de garantizar la inocuidad de los alimentos agropecuarios primarios que proveen.

Para obtener la autorización sanitaria, el administrado (productor uorganización) debe presentar el Formulario de solicitud, incluyendo laubicación del establecimiento (dirección, departamento, provincia, distrito), profesional responsable (nombres completos, Nº DNI, tipo deprofesión, especialidad de la profesión, Nº de colegiatura, modalidad deservicios. (ii) Número de constancia y fecha de pago.

Además, se incorpora que aquellos que participen en el procedimiento de compras de alimentos de origen en la agricultura familiar bajo el alcance de la Ley Nº 31071 no les es exigible la autorización sanitaria deestablecimiento.

No obstante, deben obtener el Certificado de Buenas Prácticas de Producción y Procesamiento Primario de la Agricultura Familiar otorgado por el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa) que acredite el cumplimiento de Buenas Prácticas deProducción y Procesamiento Primario de la Agricultura Familiar.

Este certificado se obtiene una vez que el/la productor/a o productores/as u organizaciones de productores/as de la agricultura familiar cumplan con los requisitos mínimos de implementación de las Buenas Prácticas Agrícolas (BPA), Buenas Prácticas de Manufactura (BPM), Procedimientos Operativos Estandarizados de Sanitización (POES) y Plan Interno de Rastreabilidad (PIRS), por tipo de alimento, previaevaluación por auditoría realizada por el SENASA conforme al procedimiento que aprueba el órgano de línea.

“El certificado tiene una vigencia de un año y es otorgado através de un servicio prestado en exclusividad por parte delSenasa”, señala la norma publicada este jueves 9 de febrero. Y, dedetectarse incumplimiento de las condiciones por las que se obtuvo elCertificado de Buenas Prácticas de Producción y Procesamiento Primario de la Agricultura Familiar, “se pierde la condición de establecimientocertificado”.

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